Una vez más, toca repasar las novedades del segundo trimestre del año, entre las que se encuentran las que afectan al modelo 303. No es que el modelo haya cambiado, sino que la información que recoge incorpora por primera vez las cuotas autorrepercutidas por los revendedores de aparatos electrónicos (móviles, tablets, ordenadores portátiles y consolas).
Desde el 1 de abril, los autónomos y entidades que actúen como revendedores deben darse de alta como tales en el modelo censal 036 y comunicarlo a sus proveedores mediante un certificado que emite la Agencia Tributaria, a fin de que no les apliquen el IVA en las facturas de compras.
Veamos un ejemplo:
Yo, como revendedor, adquiero un móvil por 100 euros a mi proveedor de bienes. Previamente le he remitido mi certificado de revendedor, por lo que recibiré una factura sin IVA. Tan solo contendrá la base imponible y la mención de que se trata de una operación sujeta en destino.
Para declarar la factura, tendré que autorrepecutirme el impuesto. La cuota irá al tipo general del 21%, por lo que serán 21 euros. A su vez ese importe es deducible, ya que se trata de una compra de mercaderías que constituye mi actividad económica habitual. En el modelo 303 se incluirá en las siguientes casillas:
IVA AUTORREPERCUTIDO: Base (100) casilla 12 - Cuota (21) casilla 13.
IVA DEDUCIBLE: La base se suma al resto de bases de gastos y va en la casilla 28.
La cuota se suma al resto de cuotas de IVA de gastos y va en la casilla 29.
En la casilla 61 "Operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que originan el derecho a deducción" pondremos el total de las facturas con inversión de sujeto pasivo.
Si el sujeto pasivo está encuadrado en el régimen de recargo de equivalencia, ingresará el IVA autorrepercutido en el modelo 309.
El efecto para el revendedor de esta nueva forma de declarar el IVA es el mismo que tenía hasta ahora. En vez de abonar el impuesto al proveedor y luego deducirlo como gasto en el trimestre, no lo abona, sino que lo declara como ingreso y gasto a la vez, con lo cual evita adelantar el pago.
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1) Contabiliza las facturas emitidas y recibidas.
2) Ve al módulo de "Modelos Oficiales" y selecciona el modelo 303 de IVA.
3) Selecciona el periodo a presentar, en este caso Segundo Trimestre o Junio.
4) Guarda el modelo.
5) Descarga el fichero para la agencia tributaria y ¡preséntalo!
Y si necesitas cualquier ayuda, no dejes de preguntarnos lo que necesites a través de soporte@Anfix.com o llamándonos gratis al 900 37 37 50.
Eva Fernández
Periodista con más de 10 años de experiencia en marketing digital y, en especial, en la generación de contenidos para marcas de diferentes sectores. De la mano de Anfix y con mi propia experiencia emprendiendo como freelance, he aprendido mucho en los últimos años sobre gestión del negocio, finanzas y productividad.